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El Mundo. 05/08/2008.


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By La Mecanica - Posted on 06 August 2008

Dos años de prisión por difundir correos electrónicos de un compañero de trabajo
 Se imputa a Antonio R.C. un delito de revelación de secretos de la vida íntima
 En el juicio se ha declarado inocente, culpando a otra compañera
Actualizado miércoles 06/08/2008 07:59 (CET)

EFE
BARCELONA.- Un juez ha condenado a dos años y dos meses de cárcel a un hombre por haber entregado a la cuñada de un compañero de trabajo las copias de varios correos electrónicos extraídos del ordenador de éste, algunos de ellos de contenido íntimo.
En la sentencia, el titular del juzgado de lo Penal número 11 de Barcelona considera que el procesado, Antonio R.C., cometió un delito de revelación de secretos relativos a la vida íntima, aunque no considera probado que fuera el propio procesado quien extrajera la información del ordenador de su compañero.
La sentencia, que es susceptible de ser recurrida ante la Audiencia de Barcelona, establece una multa de 3.240 euros para Antonio R.C. y el pago de una indemnización de 4.000 euros para el perjudicado. El acusado negó en el juicio haber sustraído la información relativa a su compañero, Claudi B., e insinuó que lo pudo hacer otra compañera de trabajo, un extremo que tampoco ha quedado probado, según la sentencia.
El juez da credibilidad al testimonio de la cuñada de Claudi B., quién explicó en la vista oral cómo el acusado, entre octubre y diciembre de 2006, se acercó hasta el quiosco que regenta y le hizo diversas entregas de las copias de los correos electrónicos.
De este modo 'se enterarían de lo que hacía el cuñado en horas de trabajo'
La mujer aseguró que el acusado, tras entregarle los documentos, le dijo que, de este modo, "se enterarían de lo que hacía el cuñado en horas de trabajo". La cuñada mostró los documentos a su marido -hermano del perjudicado-, quien en el juicio aseguró que el acusado le había llamado para saber si ya los había leído y "había visto qué tipo de persona era Claudi B.".
El juez da poca importancia al tipo de información desvelada en los correos, porque sostiene que la intimidad se vulneró "en el momento en que se accedió al correo electrónico del perjudicado", independientemente del contenido de los mismos.

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